El Sino de Euskadi: ¿Entre el «Sí» del Tribunal de Justicia UE y el «No» del Tribunal Constitucional Español?

El jueves, 11 de Septiembre, conocimos dos sentencias judiciales de crucial importancia para Euskadi: la del Tribunal de Justicia de la UE (TJ-UE) con sede en Luxemburgo, a instancias del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJ-PV), sobre la compatibilidad de las facultades normativas de nuestras instituciones forales en materia tributaria con las disposiciones de la Unión Europea, y la del Tribunal Constitucional Español (TC-E), tras recurso presentado por el Gobierno Central español, sobre la constitucionalidad de la Ley de Consulta aprobada por el Parlamento Vasco. Mientras que la primera ha despejado la “ruta tributaria” de nuestras instituciones forales, la segunda ha anegado la “hoja de ruta política” de nuestro lehendakari.

El Sí del Tribunal de Justicia Europeo.
Recordemos el origen de esta sentencia. En septiembre del 2006, el TSJ-PV, apeló a la Corte europea para aclararse en el proceso que está tramitando sobre los recursos presentados por las CC.AA de La Rioja y de Castilla y León contra algunas medidas adoptadas por las Diputaciones Forales en el Impuesto de Sociedades (IS) que difieren significativamente de las aplicadas en el resto del Estado español, y de este modo poner fin, de una vez por todas, a un conflicto recurrente. En concreto, planteó al TJ-UE la cuestión de si la llamada “doctrina Azores”, que permite la existencia de diversos regímenes del IS dentro de un mismo Estado bajo ciertas condiciones, cabría aplicarse también, por analogía jurídica, al caso del País Vasco.

Con su sentencia del otro día el Tribunal de la UE ha disipado dudas al respecto, pues viene a decir que en la medida en que los Territorios Históricos y la Comunidad Autónoma del País vasco (en su conjunto) cumplan con los criterios de autonomía institucional, autonomía de procedimiento y autonomía económica, establecidos hace unos años para el caso de las Islas Azores, la CAPV puede ser considerado como un ente infra-estatal dentro del Estado español con capacidad normativa propia en el IS. Como parece que estos criterios se cumplen, o al menos no es claro que se incumplan, se espera que el TSJ-PV, tribunal competente para comprobarlo, desestime los recursos presentados por las CC.AA litigantes, sentando jurisprudencia firme para el futuro, pues es de esperar también el asentimiento del Tribunal Supremo.

Sin embargo, este reconocimiento europeo no significa que nuestras instituciones forales puedan ejercer sus facultades tributarias sin limitaciones. Como cualquier otro Estado miembro de la UE, el País vasco ha de cumplir con el código de buena conducta tributaria vigente en ella, el cual, entre otras disposiciones, prohíbe hacer competencia fiscal desleal, es decir, utilizar los impuestos para distorsionar los precios de los bienes y servicios o influir decisivamente en la localización de las empresas.

Aunque, puestos a exigir a las Haciendas vascas que compitan con lealtad dentro del estado español, no es necesario recurrir a este código UE, pues en el propio Concierto Económico, tras su revisión en el año 1997, se recoge como principio general de armonización fiscal “respeto y garantía de libertad y establecimiento de personas, bienes, capitales y servicios sin que se produzcan efectos discriminatorios, ni menoscabo de las posibilidades de competencia empresarial ni distorsión en la asignación de recursos”.

Así pues, tanto el “sí” del TJ-UE como lo dispuesto en el propio Concierto Económico, conllevan restricciones a la libertad tributaria del País Vasco. Nuestras Diputaciones han proceder con lealtad fiscal, so riesgo de ser denunciadas de nuevo ante la Corte europea (como ya lo fueron en el caso de las “vacaciones fiscales” de los años 1992 y 1993), así como ante los Tribunales Administrativos Superior Vasco y Supremo Español, e incluso ante el Tribunal Constitucional en el caso de que se consiga el llamado “blindaje constitucional” de la autonomía fiscal vasca, tan reclamado ahora por los jerarcas de las Diputaciones.

El No de Tribunal Constitucional Español.

El mismo día que el TJ-UE dijo “sí” a la soberanía fiscal vasca, el TC-E dijo “no” a lo que muchos entienden como primer paso hacia la soberanía política de Euskadi, la Ley de Consulta. El “no” fue unánime y categórico, lo que ha provocado entre los promotores de la Consulta duras reacciones como son unas destempladas descalificaciones del sistema judicial (Ibarretxe llegó a decir que “se atropellaba la democracia” y otros han tildado a los miembros del TC-E de “jueces comprados”).

Pero…¿son realmente tan corruptos, en cuanto politizados o succionados por sus prejuicios políticos, todos y cada uno de los doce magistrados del TC-E? ¿O es, más bien, la propia Constitución Española, que interpretan y aplican, lo que bloquea la posibilidad de la Consulta? Si nos guiamos por el “principio de Ockham”, que dice: “De dos posibles explicaciones alternativas, la más verosímil es la más sencilla”, deberíamos dar crédito a la segunda, porque, en efecto, pensar que la Constitución Española, que en esta cuestión coincide con las de casi todos (por no decir todos) los países democráticos, está escrita de modo que en su articulado no se contemplen resquicios de autodisolución (ceder soberanía política o compartirla es disolverse) parece una hipótesis más sencilla que la otra, la de suponer que existe una flagrante corrupción política de todos los miembros del TC-E, sin excepción alguna.

El Sino de Euskadi.

Todo fluye”, nos advirtió Parménides hace ya muchos siglos. Y en efecto, la corriente de cambios habida en el País Vasco, en España y en Europa a lo largo de los últimos treinta años ha sido de tal magnitud y fuerza que quizás haya desbordado muchos de los cánones de la Constitución Española de 1977. De ahí que no sea insensato demandar cambios en esta ley fundamental, apertura de puertas o ventanas por donde se cuelen nuevas fragancias democráticas y se esfumen tufos residuales de épocas predemocráticas.

Ahora bien, ETA, a bombazos, nunca va a poder abrir boquetes en la Constitución, grietas siniestras por las que el pueblo vasco pueda huir hacia su futuro. Tampoco creo que el nacionalismo democrático pueda encontrar acomodo o salida, según se mire, para sus aspiraciones de mayor autogobierno, o de autodeterminación, o de lo que sean en una ruta hacia la independencia, a no ser que proceda con persuasión democrática, es decir, acreditando tener un apoyo de la sociedad vasca que sea claro (expresado sin coacciones ni amenazas) y no inferior al otorgado en su día al Estatuto de Gernika (de lo contrario, habría retroceso democrático). No creo que las Cortes de España se opusiesen a la voluntad, libremente expresada, de una mayoría de ciudadanos vascos igual o mayor que la que aprobó el Estatuto.

No sé cual es, o debiera ser, o finalmente será el destino de Euskadi, si dentro o fuera de España, si con los siete territorios históricos o con los tres de la actual CAPV o con Guipuzkoa y Bizkaia o sólo con Guipuzkoa, si comunista, socialista, conservador o nepotista, si católico, musulmán o laico… Reconozco que estoy algo cansado de consideraciones teleológicas como éstas; será por la edad, pero prefiero ya seguir el consejo del ilustre Horacio, su famoso “carpe diem”, y disfrutar de nuestro buen momento. Porque… veamos hasta dónde hemos llegado con la soberanía fiscal que nos acaba de avalar el Tribunal de Estrasburgo.

Según el Eustat, Instituto Vasco de Estadística, el País Vasco figura (con fecha de Diciembre del 2007) en tercera posición dentro de
l ranking mundial de Desarrollo Humano elaborado por las Naciones Unidas, sólo por detrás de Islandia y Noruega. He aquí la dirección electrónica donde el lector puede encontrar información más detallada al respecto: http://www.eustat.es/elem/ele0004300/not0004395_c.html. El índice que utiliza el PNUD para elaborar esta clasificación tiene en cuenta tanto variables económicas como indicadores de educación, salud y esperanza de vida. Estamos pues en un nivel de desarrollo humano envidiable.


No pocos se preguntan si merece la pena arriesgar el nivel de bienestar alcanzado porfiando en planear y promover trayectorias políticas conflictivas. Es una lástima que Ibarretxe no nos pueda consultar sobre ello, sobre si preferimos “pájaro en mano a cientos volando”.

Categories: Reflexión

Write a Comment

Your e-mail address will not be published.
Required fields are marked*